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Informática y Leyes

¿Que sucedería si en algún momento a alguien se le ocurre prohibir el uso o tránsito de carreteras y caminos aduciendo que se pueden utilizar para delitos como contrabando?
¿Compraría un auto que vendieran con la caja del motor sellada y que no pudiese revisar?
¿Se dejaría operar por un médico que hubiese estudiado anatomía solo a traves de libros y nunca hubiera prácticado con cuerpos?
¿Compraría alimentos o medicinas sin saber que componentes o ingredientes contienen?
¿Podriamos haber leido a lo largo de siglos La Biblia, la Iliada o La Odisea si en ese entonces hubieran existido las Leyes de Autor y propiedad intelectual actuales?

El uso de software, programas aplicaciones, internet, redes sociales, es relativamente nuevo y generalmente ha estado liderado por técnicos, profesionales de la informática, hackers, etc., como toda actividad puede ser utilizada con diferentes propositos, buenos o malos, es entonces cuando la sociedad, autoridades, instituciones y organizaciones intervienen para tratar de delimitar estas acciones y establecer parametros.

Pero cuando se señala por ejemplo que se debe prohibir o sancionar el uso de tecnologías como las redes "Peer to Peer" (P2P) por que a traves de ellas se "podrían" cometer delitos como "piratería" o se empiezan a patentar incluso colores y que nadie más pueda utilizarlos sin previa autorización o pago, entonces, algo no esta siendo bien comprendido o se esta utilizando de manera inadecuada deliberadamente.

IF - THEN - ELSE
Quedan algunas alternativas, seguir observando como otros deciden y acuerdan como y cuando se deben utilizar estas herramientas y tecnología, lo cual implica aceptación y conformidad o alguna vez tratar de explicarles y participar... para lo cual se necesita alguien saber algo de leyes, asi que a estudiar Derecho...que los informáticos tanto estar sentados acaban medio torcidos.



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Dictamen de la Ley de Delitos Informáticos

El día 20 de Julio del 2012 la Comisión de Justicia y Derechos Humanos ha aprobado la Ley de Delitos Informáticos [1], que agrupa a 3 proyectos de Ley. La Ley se puede resumir: Ven róbame, llévate todo lo que quieras, pero si no quieres ir a la cárcel vas a tener que pagarme. Para implementar esta ley se debería exigir a los proveedores/fabricantes de software que inhabiliten efectivamente el software que sea ilegal, que no se limiten a mostrar un aviso y permitir que se siga utilizando el programa Art. 1. El objeto de la ley no es proteger bienes jurídicos sino sancionar conductas. Art. 3. Penaliza la realización de ingeniería inversa en malware, prohíbe la programación de software que tenga efectos dañinos, independientemente de sus fines. Art. 4. Prohibe la divulgación cualquier tipo de información considerada personal, afianza la ley mordaza Art.6.Regalo para las empresas de software.- " El que, sin autorización del titular o excediéndose del tiempo autorizado, usa

Para lo que NO SIRVE la autógrafa de la Ley de delitos informáticos.

Si se juntan la prepotencia y la ignorancia nada bueno puede resultar. El Texto Sustitutorio de la Ley remitido para su promulgación es controversial desde el primer articulo. Su objeto es "prevenir y sancionar las conductas que afectan los sistemas y datos informáticos", agrega (como si se hubieran olvidado "y otros bienes jurídicos de relevancia penal". ¿Acaso los bienes jurídicos no se protegen precisamente con leyes de índole penal?. INDEMNIDAD Y LIBERTAD SEXUAL Los repugnantes delitos de pedofilia y pornografía infantil constantemente son aprovechados por los políticos de todas partes y tendencias para justificar la necesidad de intromisión en las comunicaciones y secreto de las personas o lo utilizan para tratar de disminuir el rechazo de la población a ciertas normas. En este caso la inclusión del Art.5 Proposiciones a niños, niñas y adolescentes con fines sexuales parece tener ese último objetivo. Para cumplir el primer objetivo se incluyeron las Di